VECINOS MOROSOS: ¿QUÉ SE DEBE HACER PARA RECLAMAR SUS CUOTAS IMPAGADAS?
Seré breve:
1º Reclamarle extrajudicialmente lo que debe (hay que ser cordial con nuestro vecino) a través de un somero escrito, a ser posible signado por un abogado, pues siempre le da mayor seriedad a la reclamación y genera mayor temor en el moroso de que no se va de farol.
2º SI NO SE AVIENE A PAGAR: habrá que convocar y celebrar Junta General Extraordinaria para fijar con exactitud cuantitativa y cualitativa la cantidad debida y aprobar el inicio de acciones judiciales dando la correspondiente orden/autorización al Presidente (o administrador) a tal efecto.
3º Habrá que redactar certificado del acuerdo alcanzado en el que la Junta decide reclamar al vecino moroso en el que habrá de constar la cantidad debida. Este certificado, firmado por el Secreario y con el visto bueno del presidente deberá ser enviado a (a través de burofax) al vecino moroso.
4º SI SIGUE SIN QUERER PAGAR: habrá que acudir al Juzgado e iniciar un procedimiento monitorio (procedimiento especial que es mucho más rápido que el ordinario y está destinado exclusivamente a reclamaciones de cantidad de hasta 250.000 euros).
5º Si no se opone el deudor, podrán serle embargados sus bienes para cobrar la deuda.
Como ven, es fácil reclamar las cantidades debidas en concepto de cuotas de comunidad. Otra cosa será, efectivamente, cobrarlas…
Un saludo.
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